Una marca es un signo visible que distingue e individualiza un productoo o un servicio en el mercado y sirve como elemento de identificación para los consumidores y usuarios.
Una marca puede estar formada por cualquier signo, palabra, denominación, logotipo y otros.
No puede ser objeto de registro de marca:
• Signos contrarios a la ley.
• Los escudos, banderas, emblemas, siglas, denominaciones o símbolos oficiales, salvo consentimiento expreso.
• Signos que no tienen capacidad suficiente para distinguir.
• Signos genéricos y específicos.
• Signos descriptivos.
• Signos engañosos.
Derechos del titular de la marca:
• Utilizar la marca en exclusiva,Impedir a terceros no autorizados que utilicen una marca o signo distintivo similar para ese producto o servicio según la clasificacion de Niza.
• Ceder o licenciar la marca.
• Oponerse a que se concedan nuevas marcas confundibles con la suya.
• Solicitar ante los Tribunales la nulidad de otras marcas posteriores confundibles con la suya.
• Oportunidad de lograr un aumento en el valor de la compañía por prestigio de la marca.
La protección se realiza mediante su registro en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).
La protección de las marcas se rige por los siguientes principios básicos:
* CLASES: Conjunto de productos o servicios que guardan una relación entre sí o que tienen una característica común. Las marcas están agrupadas en 45 clases de acuerdo con una clasificación aceptada internacionalmente (Clasificación de Niza).
*Territorialidad: La marca surte efecto en el ámbito territorial donde se ha solicitado su registro:
- Marca Nacional: Es el registro que se hace directamente en el país de protección de la marca.
- Marca Comunitaria: La Marca Comunitaria permite mediante un único procedimiento la protección en todos los Estados de la UE.
- Marca Internacional: Por este procedimiento se puede obtener protección en hasta 77 países depositando una única solicitud.
* Denominativa: identifican un producto o servicio por una o varias palabras.
* Gráfica: Compuestas por figuras, dibujos o logotipos.
* Mixta: Combinación de dos o más signos de distinta índole.
* Tridimensional: corresponden a cuerpos representados en tres dimensiones.
* Presentar una solicitud ante la OEPM o en los servicios correspondientes de las CC AA, o en las Oficinas de Correos.
* Examen formal, en el que se revisen los datos mínimos de la solicitud, la legitimación del solicitante, entre otras.
* Examen de fondo, existan o no oposiciones la OEPM procede a examinar si la solicitud no incurre en algunas de las prohibiciones contempladas en los artículos 5.1 y 9.1 b) de la Ley.
Durante esta etapa se pública en el BOPI, para que terceros interesados puedan conocer que la marca esta siento inscrita.
* Si no hay oposiciones ni objeciones de oficio se procede a la concesión de la marca.
* La resolución de concesión o denegación se publicará en el BOPI.